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lunes, marzo 16, 2026
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Juez conocerá este martes audiencia preliminar contra Jean Andrés Pumarol por ataque con arma blanca en Naco

El juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional conocerá este martes 17 de marzo la audiencia preliminar contra Jean Andrés Pumarol Fernández, de 30 años, acusado de perpetrar un ataque con arma blanca en el ensanche Naco, hecho en el que murió una mujer de 70 años y otras cinco personas resultaron heridas.

De acuerdo con el informe psiquiátrico del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), el imputado se encuentra en condiciones de salud mental para afrontar un juicio por los hechos que se le atribuyen.

El documento también recomienda que Pumarol Fernández permanezca en un pabellón de salud mental dentro de un centro penitenciario, con el objetivo de garantizar su integridad física, mental y social.

La evaluación fue realizada por la doctora María Virginia González, especialista en psiquiatría forense del Inacif, quien concluyó que el imputado posee la capacidad cognitiva para comprender los hechos que se le imputan, continuar el proceso judicial y rendir testimonio durante las audiencias.

Durante la entrevista psiquiátrica, Pumarol Fernández admitió consumir marihuana y haber presentado episodios de embriaguez excesiva en varias ocasiones hasta el punto de perder el conocimiento.

Asimismo, el informe del Inacif establece que el imputado mantiene niveles adecuados de atención, concentración, juicio, memoria, capacidad de abstracción, cálculo, percepción e integración de la información, por lo que puede ser procesado penalmente.

El abogado Miguel Valerio señaló que la pena aplicable podría oscilar entre 10 y 20 años de prisión, al considerar que el imputado representa un peligro para la sociedad. Agregó que en caso de que el tribunal determine la existencia de un trastorno psiquiátrico, el tratamiento deberá realizarse mientras cumple la pena en prisión.

La Fiscalía del Distrito Nacional solicitó el peritaje sobre el estado de salud mental del imputado en enero pasado. El informe fue remitido a la fiscal Vidalis Mora Díaz, del Departamento de Crímenes y Delitos contra las Personas.

El ataque ocurrido en julio del año pasado, dejó como víctima mortal a Ivonne Handal Abugabir, de 70 años. También resultaron heridos Guillermo Pumarol Castellanos (padre del agresor), Teresa Fabián Heredia (cuidadora de la señora Ivonne) y los vecinos Francisco Tezano, Griselda Ozuna y Victoria Heredia.

La Ley de Salud Mental establece en su artículo 58 que ningún paciente será sometido a restricciones físicas o reclusión involuntaria, salvo cuando sea el único medio disponible para evitar un daño inmediato o inminente al propio paciente o a terceros. En esos casos, la medida debe aplicarse únicamente durante el tiempo estrictamente necesario y quedar registrada en el historial clínico.

Por su parte, el nuevo Código Penal —que entrará en vigencia en agosto— dispone en su artículo 71 que si el tribunal determina que una persona que ha cometido una infracción es inimputable, podrá ordenar como medida de seguridad su internamiento en un establecimiento, clínica o pabellón psiquiátrico debidamente acreditado.

La normativa también establece que la duración de esta medida será fijada por el tribunal según las necesidades de tratamiento del caso, sin que pueda ser inferior al mínimo de la pena privativa de libertad correspondiente al delito cometido ni superior al máximo previsto por la ley.

El Nuevo Diario

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